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Compensación Económica en Chile

Exigimos el derecho a una compensación por el menoscabo económico sufrido al dedicarte al hogar común y al cuidado de los hijos.

¿Qué es y a quién corresponde?

Es el derecho que tiene uno de los cónyuges (durante el juicio de divorcio o nulidad) a recibir un monto en dinero o bienes, debido al menoscabo patrimonial sufrido por no haber trabajado o por haberlo hecho en menor medida de lo que podía y quería, por dedicarse al cuidado de los hijos o las labores del hogar.

¿Cómo se determina el monto?

  • Duración del matrimonio y de la convivencia.
  • Situación patrimonial y previsional de ambas partes.
  • Edad, estado de salud y expectativas de trabajo del cónyuge afectado.

Pago de la Compensación

El juez puede establecer que la compensación se pague en dinero, con propiedades, con el usufructo de bienes, o inclusive traspasando fondos desde las AFP, dependiendo del caso en particular.

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